Aborto de 1er trimestre: es la interrupción del
embarazo espontánea antes de la semana 12 de gestación.
Aborto de 2º trimestre: es el que tiene lugar de forma espontánea antes de las 22 semanas de gestación o 154 días.
Si se produce de forma voluntaria se denomina
interrupción voluntaria del embarazo.
Desde de la semana 22 a la 37 se denominará
parto pretérmino, sea cual sea el estado del feto.
Dentro de la legalidad existen tres situaciones en las que se permite la interrupción legal del embarazo:
- Peligro para la vida o salud física o psíquica de la madre.
- Embarazo consecuencia de un delito de violación
- Feto afectado, presumiblemente, por malformaciones graves o alteraciones cromosómicas.
Si presenta pérdidas, comuníqueselo a su médico, él le indicara lo más adecuado para su caso.
Si la hemorragia es intensa, así como el dolor, acuda a un
centro hospitalario.
Si se trata de abortos de repetición, se iniciará un exhaustivo estudio para determinar la causa de los mismos y evitar que vuelvan a suceder.
Ante un
aborto incompleto, en curso o retenido debe procederse a la evacuación uterina en un
centro hospitalario y bajo
anestesia local o general suave (sedación).
Si su Rh es negativo, se le administrará la gammaglobulina anti-D para evitar la isoinmunización en embarazos posteriores.
Si la causa es una incompetencia del cuello uterino se tendrá en cuenta para las gestaciones posteriores, las cuales pueden precisar una intervención complementaria, el cerclaje cervical, consistente en anudar un hilo alrededor del cuello de la matriz para que no se abra. Se retira al finalizar la gestación.
Después de un
aborto hay un periodo de tristeza y depresión. Sin embargo, puede con plena seguridad tratar de empezar una nueva concepción en cuanto su médico lo autorice.
Anualmente, en el mundo occidental, una de cada diez mujeres embarazadas sufrirá un aborto.
Si no es controlado ni seguido de cerca en un
centro hospitalario y por personal cualificado, puede presentar graves consecuencias para la mujer (hemorragias, infecciones…).
El primer
síntoma es la hemorragia vaginal. Su intensidad puede ser variable.
La amenaza de
aborto suele ser indolora, pero si el
aborto es inevitable se acompañará de intensas contracciones uterinas que producen dolor abdominal.
Si en alguno de los momentos nota la expulsión de algo sólido por la vagina es recomendable que lo guarde y se lo lleve a su médico para que realice un estudio.
En el
aborto retenido es posible que no aparezca dolor ni hemorragia, pero los síntomas de
embarazo como el aumento del tamaño de las mamas desaparezca. Se suele constatar en el examen ecográfico habitual del primer trimestre.
Los abortos se pueden agrupar en varias categorías:
Amenaza de aborto: Se manifiesta por la presencia de pérdidas vaginales de sangre o contracciones uterinas. En la exploración ginecológica se aprecia el cuello del útero cerrado. La gestación suele continuar normalmente. Requiere reposo de la madre y evitar las relaciones sexuales y los esfuerzos.
Aborto inevitable o en curso: Gestante con pérdidas y/o contracciones uterinas y que además presente alguno de los siguientes signos: fragmentos placentarios en el cuello uterino o vagina, cuello uterino abierto, hemorragia intensa. La gestación se ha interrumpido. Precisa ingreso hospitalario.
Aborto incompleto: Es el caso en el que queda retenido material embrionario dentro de la cavidad uterina. La gestación se ha interrumpido. Es necesario evacuar la matriz. Puede no precisar ingreso hospitalario.
Aborto retenido: La gestación está interrumpida, pero todavía no se presentan síntomas o éstos son leves. Precisa ingreso hospitalario y evacuación del útero.
Abortos de repetición: Se establece este concepto cuando se han producido tres o más seguidos o, cinco o más no sucesivos. Suele deberse a alteraciones hormonales maternas, del
endometrio o malformaciones uterinas.